La importancia de comprender la estructura de principios de las IFRS-NIIF
La Ley 1314 del 2009 definió la estructura general para la convergencia de los principios y Normas de Contabilidad e Información Financiera y de Aseguramiento de Información en Colombia con estándares de aceptación mundial. Además, estableció las autoridades de regulación y normalización técnica, la autoridad disciplinaria y las autoridades de supervisión.
En cumplimiento de la ley, los ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo —autoridades de regulación— expidieron, a finales de los años 2012 y 2013, los decretos reglamentarios que contienen las nuevas Normas de Información Financiera (NIF) aplicables en Colombia, así como el cronograma de implementación para emisores con títulos cotizados en la bolsa de valores y entidades de interés público (grupo 1), empresas del sector privado sin títulos cotizados en bolsa (grupo 2) y microempresas (grupo 3).
Las NIF, que han sido emitidas después de haber seguido el debido proceso establecido en la ley, están alineadas con estándares internacionales de aceptación mundial para la preparación y presentación de estados financieros con propósito general, emitidos por la Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board, IASB), para empresas que tienen responsabilidad pública de rendir cuentas IFRS FULL o para empresas del sector privado IFRS SMEs, sin responsabilidad pública de rendir cuentas. Las IFRS FULL permiten una presentación razonable de la situación financiera, rendimiento y cambios en la situación financiera de una empresa que cotiza sus títulos en un mercado público y las IFRS SMEs de una empresa que no lo hace.
De forma similar a lo establecido en el marco de principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, las NIIF tienen como objetivo suministrar información sobre la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de la entidad que sea útil para la toma de decisiones económicas de usuarios que no están en condiciones de exigir informes hechos a su medida. Este conjunto de principios representa el marco técnico que debe ser aplicado por una entidad para reconocer, medir, presentar y revelar información financiera destinada a usuarios —inversionistas, prestamistas y otros acreedores— que no tienen acceso a la administración de la entidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario